DECLARATORIAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
- Decreto Presidencial Nº194 del 03/07/1979 “Área crítica con prioridad de atención de tratamiento cuenca Río Albarregas”.
- Decreto Concejo Municipal del Distrito Libertador S/Nºdel 26/10/1979 donde se crea el “Parque del Río Albarregas”.
- Decreto Presidencial Nº1.515 del 3/06/1982 “Área de recreación a campo abierto o de uso intensivo Parque Metropolitano Albarregas”.
- Zonas protectoras cursos de agua, bordes de talud y faldas de montaña (Ley de Aguas)
OBJETIVOS FIGURAS LEGALES QUE PROTEGEN Y REGULAN USO Y MANEJO DEL PARQUE
- Decreto Presidencial Nº194 del 03/07/1979 “Área crítica con prioridad de atención de tratamiento cuenca Río Albarregas”. Superficie: 430 Há.
- a)Dictar un reglamento para la defensa, conservación y mejoramiento del área.
- b)Realizar los estudios integrales de la cuenca del Río Albarregas a los fines de determinar la posible permanencia de los habitantes que hagan uso de los recursos naturales del área.
- Decreto Concejo Municipal del Distrito Libertador S/Nºdel 26/10/1979 donde se crea el “Parque del Río Albarregas”. Superficie 430 Há. (mismo límite Decreto 194).
- a)Asigna uso de toda esta área como zonas verdes y de recreación
- b)Crea una Comisión interinstitucional para desarrollar el Parque
- c)Prohíbe cualquier tipo de construcción distinta a las necesarias para los fines propios del Parque. Ordena demoler las que se hagan en contravención.
- Decreto Presidencial Nº1.515 del 3/06/1982 “Área de recreación a campo abierto o de uso intensivo Parque Metropolitano Albarregas”. Superficie 612 Há.
- a)Construir un parque recreacional llamado “Parque Metropolitano Albarregas”para fines de ornamentación, embellecimiento, saneamiento ambiental, esparcimiento y bienestar de la población.
- b)Efectuar las negociaciones y expropiaciones totales o parciales según los casos, totales o parciales para construir la obra del Parque.